Se socializaron los “Lineamientos para el Proceso de cierre y baja para estudios, programas y proyectos de inversión”
Quito (11/11/2024).- La Secretaría Nacional de Planificación realizó el taller virtual de socialización de los “Lineamientos para el Proceso de cierre y baja para estudios, programas y proyectos de inversión”, dirigido a más de 100 técnicos de las entidades que cuentan con proyectos, ejecutados con recursos de inversión del Presupuesto General del Estado (PGE).
Al iniciar la capacitación, la subsecretaria de Seguimiento, Emilia Ruiz, explicó que el objetivo del taller es “socializar los lineamientos del proceso de cierre y baja para estudios, programas y proyectos de inversión. Desde la Secretaría Nacional de Planificación hemos revisado la normativa con la finalidad de optimizar y mejorar los procesos, para que el cierre y baja se realice de una forma ágil y se pueda cumplir con el objetivo de depurar el banco de proyectos”.
En la capacitación se explicó el marco legal de este proceso, así como las condiciones generales para el proceso de cierre o baja de proyectos, que incluye los proyectos que no obtuvieron dictamen de prioridad, aprobación o actualización, que constan en el Plan Anual de Inversiones (PAI) del Presupuesto General del Estado, con ejecución presupuestaria, así como aquellos que hayan obtenido dictamen de prioridad, aprobación o actualización, e incluidos en el PAI.
Para el cierre de proyectos se considerará lo siguiente: que el proyecto de inversión haya finalizado su ejecución, cumpliendo el 100% de las metas físicas planteadas y logrado el propósito para el cual fue formulado; que el proyecto de inversión no se encuentre inmerso en procesos legales ni administrativos, y que no tenga obligaciones pendientes de pago; finalmente, que el proyecto de inversión no presente saldos presupuestarios contables o de tesorería pendientes de liquidación en el MEF.
Mientras, para el proceso de baja se tendrán en cuenta los siguientes criterios: que el proyecto de inversión no haya incumplido el 100% de sus metas físicas o el propósito para el que fue formulado; que el proyecto de inversión no se encuentre inmerso en procesos legales, administrativos o tenga pagos pendientes; que el proyecto de inversión no presente saldos presupuestarios contables o de tesorería pendientes de liquidación en el MEF.
En el proceso de baja, también, se incluyen los proyectos de entidades en proceso de fusión, supresión, transformación o reorganización y se deberá considerar que: el proyecto esté a cargo de la entidad que asumió las competencias de otras instituciones; la entidad no considere pertinente continuar con la ejecución del estudio, programa o proyecto; el proyecto de inversión no haya finalizado su ejecución o cumplido el 100% de las metas físicas planteadas y no haya logrado el propósito para el cual fue formulado; y, finalmente, el proyecto de inversión no se encuentre inmerso en procesos legales, administrativos o tenga pagos pendientes.
Las entidades responsables deberán cargar en el Módulo de Inversión del Sistema Integrado de Planificación e Inversión Pública (SIPeIP) los respaldos de los procesos de cierre y baja de sus proyectos en el término de cinco días, contados a partir de la fecha de notificación de registro.
Mayor información: Dirección de Comunicación Social (+593) 98 493 0158