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El gobierno Japonés socializa programa de cooperación internacional para los gobiernos locales fronterizos

El cantón Loja fue la sede del taller de socialización del programa de asistencia financiera no reembolsable para Proyectos Comunitarios de Seguridad Humana (APC), ofertado por el gobierno de Japón, a través de su embajada.

El evento organizado por el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Ecuador-Perú, en calidad de entidad articuladora entre los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) y los organismos internacionales; la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (Senplades) institución rectora de planificación, quienes realizan el acompañamiento técnico a los GAD, para la elaboración de planes de desarrollo y ordenamiento territorial; y la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional (Seteci), institución rectora de la gestión de cooperación internacional.

Yutaka Sonoda, representante de la Embajada de Japón, socializó las actividades que se realizan dentro del programa APC, los mecanismos de la cooperación y la articulación de este programa a las prioridades nacionales dirigidas al cambio de la matriz productiva, fortalecimiento de talento humano, transferencia de tecnología, ciencia e innovación.

Por su parte, Paola Mera representante de la Seteci, expuso el rol, los procedimientos y mecanismos para acceder a la cooperación internacional.

Paola Inga, directora ejecutiva de Plan Binacional, mencionó que el eje fundamental de la relación bilateral entre Ecuador y Perú es el ser humano y la garantía de sus derechos ciudadanos, además, destacó la asistencia técnica que se brindará a los Gobiernos Autónomos Descentralizados de la zona de frontera, para la elaboración de las propuestas que se presenten al Gobierno Japonés.

Los principales actores en este evento fueron los gobiernos autónomos descentralizados de la zona de frontera, quienes realizaron todas las preguntas respecto del programa del gobierno japonés y la cooperación internacional no reembolsable a la que pueden acceder. De acuerdo al Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y descentralización (COOTAD), artículo 55, en el caso de los municipios; y 42 para los gobiernos provinciales.

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